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Domingo Berguer: «esta sentencia da la razón a la postura defendida por el PP»


El concejal popular Juan Domingo Berenguer ha hecho pública la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número Uno de Alicante referente al recurso interpuesto por la mercantil Aqualia Gestión Integral del Agua SA contra el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Altea, de fecha 28 de agosto del 2008, por el que se adjudica a la UTE “TYOSA-AVSA” el contrato público para la concesión del servicio municipal de abastecimiento de agua y saneamiento. Sentencia cuyo fallo desestima el recurso por considerar la adjudicación ajustada a derecho.


Según Berenguer, “esta sentencia avala la posición mantenida por el PP en la adjudicación del servicio”. “La sentencia también se hace eco de las reiteradas ocasiones en las que el PP solicitó información sobre el expediente y se nos denegó. Información a la que el PP tenía derecho por formar parte de la Mesa de Contratación y que no obtuvimos, por lo que optamos por solicitar un informe externo que nos permitiese valorar las distintas propuestas presentas al concurso”, ha añadido el concejal.


Así la Sentencia en los Fundamentos de Derecho indica textualmente, “por lo que se refiere a las actuaciones que precedieron al Acuerdo objeto de impugnación, resulta de particular relevancia a los efectos de apreciar la motivación de tal Acuerdo, que por parte del concejal anteriormente citado, D. Domingo Berenguer, quien además era vocal de la Mesa de Contratación, se intentó en diversas ocasiones la obtención de una mayor información en orden a valorar la idoneidad de las ofertas presentadas ya ante la no obtención de tal información a través del Ayuntamiento, optó por solicitar un informe externo, el informe elaborado por Altair”. Y añade, “cabe dejar aclarado que la posibilidad de solicitar informes por parte de las personas integrantes del órgano de contratación no se encuentra vetada por el ordenamiento jurídico ni por la jurisprudencia, como tampoco consta tal prohibición en el pliego de cláusulas administrativas”.


“La Sentencia llega a la conclusión que la oferta propuesta por el Equipo de Gobierno –la presentada por Aqualia- era insuficiente e inviable. También establece que la adjudicada –propuesta por PP y BLOC-  era la que más beneficiaba a los intereses de los alteanos”, ha declarado Juan Domingo Berenguer. Reproducción textual de la sentencia en este punto: “El informe Altabir se limita a efectuar una revisión de la valoración que realizan lo técnicos municipales respecto de determinados criterios económicos, sin entrar a valorar el resto de criterios… Criterios del bloque primero: a) Canon Variable a pagar al Ayuntamiento por las instalaciones públicas; b) estudio económico financiero de la concesión y c) propuesta tarifa del servicio. Llegando a la conclusión de que la oferta de Aqualia era deficiente e inviable”.


Finalmente, el edil popular ha lanzado una pregunta al aire; ¿no se habrá alegrado el Equipo de Gobierno de esta sentencia favorable al Ayuntamiento?, a pesar de constatar que la adjudicataria era la más beneficiosa para el municipio o ¿es que no quieren dar la razón a lo que en su día dijo el PP?, porque la fecha de la sentencia es del 12 de mayo y no se ha pronunciado al respecto.



 

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