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Subvención de la Diputación Provincial de Alicante para minimizar el impacto económico del COVID-19 sobre el sector artesano de la indumentaria festera y oficios anexos.

La concejalía de Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Altea, regida por Maria A. Laviós, ha anunciado la convocatoria de una subvención destinada a paliar los efectos económicos negativos que la pandemia de la COVID-19 ha causado sobre el sector artesano festero, cuyos trámites se llevarán a cabo a partir de septiembre. “Son 30.000€ los que la Diputación Provincial de Alicante ha asignado al Ayuntamiento de Altea para tal efecto y la máxima cuantía a recibir por empresa es de 5.000€”; ha especificado la edil.

Según los datos aportados por la responsable municipal de Fomento del Empleo, vistas las condiciones reguladoras del reparto de estas subvenciones, establecidas por la Diputación de Alicante, las mismas hacen referencia a la actividad productiva realizada en el período comprendido entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022.

“Se otorgará un máximo de 5.000€ para las 6 empresas del sector artesano, que ejercen su actividad en el municipio de Altea,  relacionado con la indumentaria festera y otros oficios anejos, como son: abaniquero, alpargatero, bordador, calcetero, cincelador, encajero, espadero, marroquinero, modista a media, orfebre, repujador de cuero, repujador de metales, sastres y sastras a medida, sombrerero a medida y zapatero a medida”. Ha informado Maria A. Laviós.

Los requisitos que han de cumplir las empresas destinatarias de estas subvenciones incluyen el tener el domicilio fiscal en Altea y no haber pedido esa misma ayuda a ningún otro Ayuntamiento; estar en posesión del Documento de Calificación Artesana (DCA) a fecha 31 de diciembre de 2021; mantener un promedio mensual de facturación de los meses para los que se solicita la ayuda que resulte inferior o igual al promedio mensual de facturación de los mismos meses de 2019; acreditar haber incurrido en gastos corrientes del listado de conceptos subvencionables, aportando facturas o documentación de valor probatorio equivalente a los que debe adjuntarse también los correspondientes justificantes bancarios de pago.

Serán subvencionables los siguientes conceptos tales como la cuota de autónomos; el alquiler mensual del local de negocio; los gastos de consultoría y asesoría; los gastos de contratos de suministro de energía y agua del local de negocio; los gastos de los servicios de telefonía e internet de la actividad; los gastos de contratos de servicios de seguridad del local de negocio; los gastos de contratos de mantenimiento de equipamientos afectos a la actividad; los intereses de préstamos para la adquisición del local de negocio; las primas de seguros del local de negocio y/o del vehículo comercial afecto a la actividad; el alquiler de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad e intereses de préstamos de adquisición de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad.

Deberá acreditarse suficientemente la titularidad de la persona solicitante (física o jurídica) respecto a los correspondientes gastos y conceptos subvencionables.

Finalmente, la edil ha explicado que según las bases de la convocatoria, “no es necesario que el ayuntamiento realice convocatoria pública si hay menos de 10 posibles entidades beneficiarías del sector artesano y oficios anejos censados en el término municipal, siempre que el ayuntamiento garantice que la información llegue a cada una de ellas. Por ello, a principios de septiembre el Ayuntamiento de Altea procederá a dar la difusión correspondiente y se abrirá un plazo para que las entidades beneficiarias realicen la solicitud y aporten la documentación requerida de acuerdo con las condiciones reguladoras dictadas por la Diputación de Alicante”.

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