Las parcelas que tienen restringido el uso del fuego podrán optar a esta subvención.
El Plan Local de Quemas y su Ordenanza Reguladora publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante el 6 de septiembre de 2013, establece el uso del fuego en el municipio de Altea.
A efectos de regulación se distinguen dos zonas bien delimitadas en el término municipal:
Zona de bajo riesgo que está constituida por el terreno comprendido entre la carreta al sur del desvío de acceso a la AP-7(carretera de Montemolar) y la carretera de Altea la Vella – Callosa hasta el límite del término. Esta delimitación coincide con los polígonos catastrales del 5 al 12.
Zona de alto riesgo. Zona comprendida entre la línea norte antes citada hasta las cumbres de la sierra en el límite del término municipal, que comprende los polígonos catastrales del 1 al 4.
El uso del fuego depende de la actividad agrícola que demanda cada tipo de cultivo a pesar que en la zona catalogada de alto riesgo no se autorizan las quemas entre el 1 de junio y el 15 de octubre y es por ello que desde la Concejalía de Agricultura se subvenciona el triturado de estos restos vegetales.
La cuantía a percibir será de hasta 400 euros por hectárea y se deberán haber realizado las labores de triturado antes del 15 octubre de 2017, día de finalización de la entrega de documentación en la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC) del Ayuntamiento de Altea para optar a la subvención.
Según Beatriu Nomdedeu: “La prevención de incendios forestales justifica las medidas que restringen el uso del fuego en el municipio de Altea, las agresiones medioambientales de los incendios causan daños irreparables que afectan a la sociedad en general”.
Desde la concejalía de Medio Ambiente Agricultura y Pesca se recuerda la necesidad de disponer del permiso de quema y de atenerse a las normas que se establecen, al igual que es obligatorio informarse del nivel de preemergencia llamando al 112 o a los otros teléfonos que aparecen en el permiso de quema.