Seleccionar página

La sentencia del TSJ ha desestimado el recurso del Ayuntamiento de Altea y del Urbanizador e insta al inicio de expediente de caducidad del Programa de Actuación Integrada (PAI) correspondiente al Sector RS-8 “Bellas Artes”.

En primer lugar cabe resaltar, que el inicio del expediente de caducidad del programa no significa que el Plan Parcial Bellas Artes no se vaya a desarrollar; sino que la planificación de plazos y tiempos  previstos para la urbanización del sector, según sentencia, han sido ampliamente rebasados y por tanto, hay que hacer una nueva programación para ejecutar las obras de urbanización.

Por tanto, el Ayuntamiento de Altea a partir de este momento, y con el  fin de velar por el interés general, realizará las actuaciones necesarias para que se complete la urbanización en el menor tiempo posible del sector  “Bellas Artes”.

Pin It on Pinterest