El Ayuntamiento de Altea comunica que ya se han publicado las bases para el segundo reparto de las ayudas del Plan Paréntesis, que se pueden consultar en el enlace siguiente: http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2021/06/29_120/2021_007703.pdf
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales y empezará el día siguiente de la publicación del extracto de las bases al BOP. El día que se abra el plazo, se habilitará en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Altea el trámite digital.
Estas ayudas pretenden contribuir a mejorar la viabilidad económica, evitar consecuencias irreversibles para la economía, favorecer el desarrollo empresarial y comercial del municipio de Altea y reactivar la economía local post-COVID 19.
Requisitos:
- Empresariado autónomo o microempresas con un máximo de 10 personas empleadas.
- Actividad ejercida en locales dentro del término municipal de Altea o, si no tienen local afecto a la actividad, que tengan el domicilio fiscal en Altea.
- Empresas de alta en actividades que aparezcan en el listado de CNAE del anexo II de las bases y no hayan estado beneficiarias en el primer reparto o que ejercen actividades que han sido especialmente afectadas por la pandemia y las medidas de protección contra la enfermedad y puedan acreditar una reducción mínima del 20% de sus niveles de actividad en comparación con los datos del ejercicio anterior.
«Desde el equipo de trabajo del Ayuntamiento, formado por Hacienda, Cultura, Deportes, Comercio, Fomento del Empleo y Turismo, se ha trabajado para facilitar la tramitación de las solicitudes, intentando simplificar la documentación a presentar y respetando, al mismo tiempo, las normativas de aplicación y la Ley de Subvenciones»; explica la concejala de Fomento del Empleo, Maria A. Laviós. «Hemos querido que las ayudas puedan llegar a todas las empresas realmente afectadas por la pandemia, sean del sector de actividad que sean, intentando no dejar ninguna empresa atrás», añade.
Las solicitudes se tramitarán por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Altea, donde aparecerá como trámite destacado, con el nombre: «Ayudas Paréntesis II Altea Segundo Reparto» y allí encontrarán toda la documentación y la información con las instrucciones para llevar a cabo la tramitación correctamente.
El trámite solo se puede hacer de forma telemática con firma digital, rellenando el cuestionario digital «Solicitud Anexo IV (2.º plazo)». Los únicos documentos que se tienen que descargar serán: Anexo V Cuenta Justificativa de gastos y el Modelo de Representación de Firma Digital, en caso de ser necesario.
La regidora ha apuntado que es importante tener preparada toda la documentación a presentar, porque del contrario, el trámite digital no los dejará completar la tramitación de la ayuda. Los documentos son:
- Documentación identificativa: CIF, NIF, NIE.
- Acreditación del número de cuenta bancario.
- Certificación / acreditación de la Seguridad Social de las personas ocupadas a fecha 31/12/2020.
- Certificación censal de la Agencia Tributaria de alta de actividad, epígrafe fiscal y domicilio fiscal.
- Documentación fiscal donde consto el resumen anual de la facturación de los ejercicios 2019 y 2020.
- Informe de vida laboral de la empresa (CCC) y de las personas autónomas (representante, colaboradores, societarias)
- Certificación de alta como personas autónomas emitida por la seguridad social.
- Anexo V Cuenta Justificativa de gastos corrientes soportados y pagadas desde abril del 2020 hasta el 25 de marzo de 2021, y la correspondiente acreditación documental.
«Desde el equipo de trabajo vamos a hacer todo lo posible para que estas ayudas lleguen a las personas y entidades cuanto antes mejor. Para cualquier duda, se pueden poner en contacto con las concejalías de Comercio, Turismo, Cultura, Deporte o Fomento del Empleo para facilitar la tramitación y ayudar a resolver cualquier problema que pueda surgir en el proceso de solicitud»; ha puntualizado Laviós.