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 Ayer por la noche se constituyó formalmente la Junta Local Festera,
órgano que ya venía contemplado en la Ordenanza para la Regulación de las
Fiestas en Altea, aprobada el año pasado. Cabe recordar que se trata de una
Ordenanza que nació, de manera pionera, con el objetivo de desarrollar un foro
de debate y opinión para tratar todas aquellas cuestiones que fueran surgiendo
que pudieran afectar a las fiestas de Altea, y en el que participaran los
representantes de cada una de las comisiones y asociaciones festeras de Altea,
junto con todos los grupos políticos municipales. La reunión estuvo organizada
por la concejala de Fiestas, Marga Riera, junto con los técnicos de Servicios
Jurídicos y Fiestas del Ayuntamiento, Marga Moltó y Segis Candela,
respectivamente.

 Ahora más que nunca se hace necesario convocar este foro de debate, con
la entrada en vigor del Registro de Sedes Festeras Tradicionales, enmarcado en
la nueva legislación autonómica que sigue las líneas de las normativas
nacionales y europeas. Aunque ya se han mantenido reuniones previas
informativas con la Associació de Moros i Cristians Sant Blai, se trasladará a
todos los representantes de la Junta los trámites que tienen que llevar a cabo
en referencia a la declaración responsable, sobre su tipología y el modelo de
cartel identificativos.

 Ya en las próximas fiestas patronales, los locales de ‘les filaes’
deben cumplir con unas medidas de seguridad dirigidas a proteger a los festeros
y regular el uso de los mismos, quedando clasificadas en tres tipos: tipo A,
aquellas donde se efectúen funciones de gestión y administración (reuniones);
tipo B aquellas en las que, además de las funciones de gestión y
administración, se realicen otro tipo de actividades que supongan la reunión o
concentración de los festeros, familiares e invitados (sedes festeras); y tipo
C, las incluidas en el concepto de ‘salas polivalentes’, de acuerdo con
lo regulado en la Ley de Espectáculos Públicos. En este último caso,  los locales que se utilicen para fines
comerciales (alquiler para diferentes eventos) deberán regularse por la Ley
Autonómica para su explotación (Ley de Espectáculos Públicos), que marca la
previa obtención de la licencia de apertura.

 Durante todo el mes de junio les filaes alteanas tienen que hacer llegar
al Ayuntamiento la documentación requerida, y el consistorio la trasladará a la
Conselleria de Gobernación.

 Otros temas de interés que se abordaron en la reunión de la Junta Local
Festera fueron la necesidad de buscar un consenso, en la línea de la nueva
Ordenanza de Convivencia Ciudadana, para compaginar el derecho de los festeros
a disfrutar de las fiestas, con el derecho al descanso de aquellos vecinos de
Altea que no participan en las mismas, ya que las nuevas directrices
autonómicas, nacionales y europeas son muy estrictas en temas como el ruido o
el horario de cierre de los locales de ocio.

 Por último, también se ha dieron a conocer dos circulares informativas de
aplicación en todas las fiestas que se celebran en Altea, donde quedan
reflejadas, por un lado, la nueva normativa aportada por la Subdelegación del
Gobierno de Alicante referente a todas las cuestiones relacionadas con la
utilización de material pirotécnico, y por otro, la presentación de un modelo
de autorización de actividades que supongan ocupación de la vía pública para la
realización de eventos lúdico-festivos y que,  están disponible en la página web del Ayuntamiento de Altea (www.altea.es).

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