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La concejal de Bienestar Social, Gemma Córcoles, ha dado a conocer las bases que regirán las prestaciones económicas individualizadas para el acceso a centros residenciales en el 2010. Ayudas personales a las que el Ayuntamiento ha destinado un total de 140.000€. Como ha explicado la edil de área, “a partir de ahora las ayudas económicas se concederán a las personas que hayan sido beneficiarias de ayuda municipal en 2009 y que acrediten insuficiencia de recursos económicos para mantener su estancia en centro residencial. Así mismo, podrán solicitar la ayuda las personas mayores que precisen ingreso en centro residencial con carácter de urgencia, en tanto obtienen el reconocimiento del derecho en el marco de la Ley de Dependencia o cualquier otra línea de actuación que desarrolle la Generalitat”.


Según la información facilitada por Córcoles, las cuantías que servirán de base para el cálculo de las ayudas serán de 1.160€ al mes para válidos y semi-asistidos; 1.408€ al mes para personas asistidas y 1.695€/mes para supra-asistidos. Precios públicos establecidos por la Consellería de Bienestar Social.


“El Ayuntamiento lo que va a hacer es ayudar a aquellas personas que necesiten estar en una residencia y no tengan reconocida la Ley de Dependencia. El ingreso una residencia que tenga establecido precio público y el importe a conceder por el Ayuntamiento vendrá determinado por la diferencia entre el coste de la plaza y la aportación del beneficiario. Dicho importe será satisfecho directamente al beneficiario , siendo éste o su representante el responsable del pago al centro residencial”, ha declarado la responsable municipal de Bienestar Social y Tercera Edad.


Respecto a la acreditación de insuficiencia de recursos económicos para afrontar los costes de la estancia en un centro residencial, Gemma Córcoles ha puntualizado que “se considerarán los ingresos provenientes de los rendimientos del trabajo, de capital mobiliario e inmobiliario, de actividades económicas de cualquier tipo, asó como los saldos positivos de las ganancias patrimoniales y las ayudas percibidas de instituciones públicas o cualquier otra forma de ingresos”.


Las presentes bases establecen que entre los requisitos que ha de cumplir el beneficiario están el de ser residente en Altea con una antigüedad mínima de dos años; ser beneficiario de ayuda municipal en 2009 o ser persona mayor que acredite necesidad de ingreso con carácter de urgencia; carecer de medio propios para sufragar los gastos derivados del ingreso en Centro residencial; hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y haber solicitado las ayudas, prestaciones, o servicios que posibiliten el acceso a centro residencial.


Para finalizar, Córcoles ha indicado que las ayudas reguladas en estas bases son incompatibles con las prestaciones y/o servicios reconocidos en el ámbito de aplicación de la Ley de Dependencia y la disponibilidad de plaza pública en Centro Residencial.


Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Altea antes del 30 de noviembre de 2010.


Para más información www.ayuntamientoaltea.es  apartado de Bienestar Social o en las oficinas del departamento de Bienestar Social, ubicadas en el Centro Social, c/ Marina Baixa nº 2.

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